Los peruanos que deseen contraer matrimonio en el extranjero deberán hacerlo ante la autoridad del país donde se encuentren bajo los requisitos y formalidades de la ley del lugar de matrimonio. Los Cónsules no están facultados para celebrar matrimonios, sólo lo están para registrar los ocurridos en su jurisdicción. A solicitud de los interesados el Cónsul registra los matrimonios celebrados en el exterior en la Sección Matrimonios de los Registro de Estado Civil del Perú. Este registro confiere todos los derechos y obligaciones propias de un matrimonio civil realizado dentro del territorio nacional. No existe fecha límite para esta inscripción. Requisitos:
QUE DEBE HACER EL PERUANO QUE SE CASA EN EL EXTRANJERO
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